Guías · Jurisdicciones
Reino Unido, España o Estados Unidos: ¿dónde conviene invertir siendo latinoamericano?
Las tres jurisdicciones son solventes y las tres tienen mercado. La diferencia está en la carga recurrente y en qué ocurre con el activo a largo plazo. El Reino Unido no tiene impuesto sobre el patrimonio, no retiene sobre dividendos y tiene la red de convenios de doble imposición más extensa del mundo. España aplica impuesto sobre el patrimonio y retiene un 3% al vender un inmueble a un no residente. Estados Unidos retiene un 30% sobre dividendos, retiene sobre el precio bruto de venta bajo FIRPTA y ofrece a un no residente sin tratado una exención sucesoria de sesenta mil dólares.
El cuadro completo
Cada fila es un hecho verificable, no una opinión. Donde una jurisdicción es mejor que el Reino Unido, la fila lo dice igual.
| Concepto | Reino Unido | España | Estados Unidos |
|---|---|---|---|
| Impuesto sobre el patrimonio | No existe | Sí, autonómico, más solidaridad | No a nivel federal |
| Retención sobre dividendos | 0% | 19% | 30%, reducible por convenio |
| Retención al vender un inmueble | No hay en origen | 3% sobre el precio | FIRPTA, sobre el precio bruto |
| Plusvalía del no residente | CGT sobre la ganancia | 19% (UE) / 24% (no UE) | Federal más estatal |
| Sucesión de un no residente | Banda exenta de £325.000 | Autonómico, muy variable | Exención de 60.000 USD, hasta el 40% |
| Convenio sucesorio con LatAm | Según el país | Según el país | Ninguno |
| Residencia por comprar vivienda | Nunca la ha concedido | Suprimida el 3 de abril de 2025 | No la concede |
| Red de convenios de doble imposición | La más extensa del mundo | Amplia | Amplia |
| Coste de entrada del extranjero | SDLT con recargos del 5% y 2% | ITP o IVA según el caso | Cierre, sin recargo por extranjería |
| Marco del arrendamiento | Regulación estatal previsible | Zonas tensionadas, variable por comunidad | Muy variable por estado |
Verificado a septiembre de 2026 contra las fuentes citadas al final. Los tipos y umbrales cambian.
Por qué el Reino Unido sale bien parado
No por una cifra suelta, sino por el conjunto de la carga recurrente. No hay impuesto sobre el patrimonio, de modo que la tenencia no erosiona el capital año tras año — que es la diferencia que más pesa en un horizonte de una década. No hay retención sobre dividendos a no residentes ni retención en origen al vender, a diferencia del 3% español o de FIRPTA. Y la red de convenios de doble imposición es la más extensa del mundo, lo que reduce la probabilidad de tributar dos veces por lo mismo y de tener que reclamarlo después.
A eso se suma lo que no cabe en una tabla fiscal: un registro de la propiedad público en el que el Estado responde del título, un mercado de alquiler profundo y profesionalizado, financiación disponible para compradores no residentes, y un déficit estructural de vivienda que sostiene la demanda. Nada de eso garantiza una rentabilidad, pero explica por qué el capital internacional lleva décadas eligiendo esta jurisdicción.
Y debajo de todo, la razón de fondo: faltan casas
La fiscalidad explica por qué conviene tener el activo en el Reino Unido. Lo que explica por qué el activo funciona es más simple: Inglaterra construye menos de lo que necesita, y lleva años haciéndolo.
- Se terminan del orden de 209.000 viviendas al año frente a una necesidad estimada en 300.000. El déficit anual es de unas cien mil viviendas, y se acumula.
- En el mercado de alquiler hay alrededor de un 25% menos de vivienda disponible que antes de la pandemia, porque han entrado menos arrendadores de los que han salido.
- El precio medio de la vivienda supera las 280.000 libras, por encima de la ratio de asequibilidad de largo plazo en casi todas las regiones inglesas, lo que mantiene fuera de la compra a quien de otro modo sería primer comprador. Esa demanda no desaparece: se queda alquilando.
- La renta media privada llegó a 1.381 libras al mes en abril de 2026.
Un mercado con déficit estructural de oferta y demanda de alquiler sostenida por razones demográficas es exactamente lo que un inversor de horizonte largo busca y rara vez encuentra.
Es la diferencia entre comprar en un mercado que sube porque está de moda y comprar en uno donde la escasez es estructural y está medida. Y no depende del inversor extranjero: la demanda de alquiler británica es local.
Qué acaba de cambiar en España
España suprimió la residencia por inversión el 3 de abril de 2025, mediante la Ley Orgánica 1/2025. Comprar una vivienda ya no otorga permiso de residencia.
Importa más de lo que parece. Para una parte relevante del capital latinoamericano, la residencia europea era la razón principal de comprar en España; el rendimiento del alquiler nunca fue el argumento. Sin esa pieza, la comparación deja de ser entre un activo y un pasaporte, y pasa a ser entre dos activos inmobiliarios. Esa sí se puede dar con números.
Y conviene ser preciso con un rumor persistente: el recargo de hasta el 100% a compradores extranjeros no residentes de fuera de la Unión Europea no está en vigor. Se anunció en enero de 2025, no ha sido aprobado como ley y su encaje constitucional y comunitario ha sido cuestionado públicamente. Lo relevante para un inversor no es ese impuesto, sino que el marco fiscal español para el comprador extranjero está en debate político activo.
El dato que casi nadie cuenta sobre Estados Unidos
Un extranjero no residente que posee bienes situados en Estados Unidos tiene una exención de impuesto sucesorio federal de sesenta mil dólares. Por encima de esa cifra, la tasa llega hasta el 40%, y los inmuebles son bienes de situs estadounidense.
Estados Unidos tiene tratados de impuesto sucesorio con dieciséis países, y ninguno de ellos está en América Latina.
Merece la pena verlo como lo que es: una brecha de convenios, no una peculiaridad aislada. El mismo patrón aparece en los dividendos, donde Estados Unidos retiene el 30% cuando no hay convenio de renta que lo reduzca —México y Chile sí lo tienen, Colombia, Brasil, Perú y Argentina no—. Estados Unidos no es más caro para todo el mundo: es más caro para quien no tiene convenio, y buena parte de la región no lo tiene. Lo desarrollamos en la guía de holding.
Ningún país de América Latina tiene tratado sucesorio con Estados Unidos. El tratado Chile–Estados Unidos que entró en vigor en diciembre de 2023 es de impuesto a la renta, no sucesorio. Es una exposición que la mayoría de los compradores latinoamericanos de propiedad en Florida desconoce hasta que es tarde. Existen formas legítimas de mitigarla, pero hay que conocerla antes de comprar, no después.
Dónde gana cada una
España gana en idioma, cercanía cultural, comunidad establecida, coste de entrada más bajo y posibilidad de uso propio. Quien compra en Málaga para pasar tres meses al año no está tomando una decisión peor: está tomando una decisión distinta, con otros criterios.
Estados Unidos gana en tamaño absoluto del mercado, en familiaridad, en disponibilidad de financiación, y no penaliza al comprador extranjero en la entrada. Conviene precisar el matiz: gana en escala. En liquidez relativa el Reino Unido está a la altura: alrededor de 1.176.000 operaciones residenciales al año en un país de sesenta y ocho millones de habitantes, con historial de precios público operación a operación.
El Reino Unido gana en carga recurrente, en previsibilidad del marco, en la red de convenios y en el desequilibrio entre oferta y demanda de vivienda. Si el objetivo es mantener un activo en renta durante una década en una jurisdicción estable, esa combinación es la que pesa, y es difícil de replicar en otro sitio.
Preguntas relacionadas
Fuentes
- GOV.UK y HM Revenue & Customs — SDLT, Non-Resident Landlord Scheme, Capital Gains Tax e Inheritance Tax.
- Agencia Tributaria — Impuesto sobre la Renta de No Residentes y retención del 3% en transmisiones.
- Boletín Oficial del Estado — Ley Orgánica 1/2025, supresión de la autorización de residencia por inversión.
- Internal Revenue Service — Estate tax for nonresidents not citizens of the United States, FIRPTA withholding y Estate and gift tax treaties.
Qué hace Acacias con esto
Acacias no asesora sobre propiedad en España ni en Estados Unidos: trabajamos únicamente con activos británicos. Escribimos esta comparación porque la mayoría de nuestros clientes llegó considerando otra jurisdicción y merecía tener los tres lados del análisis antes de decidir. Si después de leerla otra jurisdicción sigue siendo la respuesta correcta para tu caso, es una decisión legítima.
Información general elaborada a partir de las fuentes oficiales citadas al final. No constituye asesoramiento fiscal, legal ni financiero, ni una invitación a invertir. Los tipos y umbrales cambian; verifica contra la fuente oficial antes de tomar una decisión. Acacias Capital Ltd no está autorizada ni regulada por la FCA.